HAZTE HERMANO


Todo aquel que quisiera formar parte de la Hermandad del Silencio, debe cumplir lo descrito en los artículos 7 y 8 de los estatutos de la misma:

Art. 7 - La condición de miembros. Admisión. Podrán pertenecer a la HERMANDAD DEL SILENCIO todos aquellos varones, sin limitación de edad, miembros activos de la Iglesia Católica que de forma libre y voluntaria lo soliciten y que cumplan las condiciones mínimas exigidas. Para ingresar en la Hermandad será precisa una propuesta de admisión avalada por dos hermanos numerarios y la Junta Directiva, cuyo resultado será puesto en conocimiento de la Junta General y del interesado en el plazo más breve posible.


Art. 8 – Clases de Miembros. Derechos y Deberes 1. Los HERMANOS serán considerados, según los casos, como: Numerarios: los hermanos que podrán asistir a las juntas generales y extraordinarias (con voz y voto), pudiendo tomar hábitos los mayores de 18 años. Por otro lado, todo hermano que desee participar en la procesión que cada Jueves Santo celebra la Hermandad, debe haber tomado hábitos en el acto que se realiza en Cuaresma a tal efecto, en el Triduo al Santísimo Cristo del Consuelo, los mayores de 18 años.

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NORMAS DE LA PROCESIÓN